El Código de Ordenamiento Urbano estará vigente a fines del verano

SE REALIZARÁN MÁS EDIFICACIONES

El nuevo Código de Ordenamiento Urbano (COU) de la ciudad será homologado por el gobierno bonaerense "para fines de febrero o principios de marzo", según manifestó a Diagonales Alberto De Fazio, subsecretario de Asuntos Municipales de la Provincia. De esta manera la ordenanza 10.703 aprobado por el Concejo Deliberante platense en abril del 2010, será homologada por la Provincia, tras la firma del gobernador Daniel Scioli, mediante el decreto que finalice el trámite administrativo y faculte al intendente a poner en funcionamiento el COU. "La idea es que La Plata cuente con el nuevo COU lo antes posible, es por ello que nos tomamos unos 4 meses para estudiarlo y poder aprobarlo", señaló De Fazio. Consultado ante el vacío legal actual, ya que el viejo Código fue derogado por el Jefe Comunal, y el nuevo está en su etapa final pero no está vigente por no contar con la homologación provincial, De Fazio aseguró que "la ley provincial 8912 de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo, establece que el Código que está en vigencia es el anterior, aunque hay algunos municipios que no cumplen la normativa y, una vez sancionado el nuevo COU lo ponen en funcionamiento". Respecto de la ley provincial, el subsecretario de Asuntos Municipales, indicó que "la normativa tiene algunos vacíos legales que estamos estudiando para que no ocurran este tipo de problemas". Para ejemplificar lo que sucede con el estudio de los Códigos dentro de la Provincia, el funcionario provincial, manifestó que "hace pocos días aprobamos el COU del municipio de Escobar que estaba dando vueltas por las distintas secretarías provinciales desde el 2005".

Artículos. La provincia debe homologar el COU ya que estudia los artículos del estatuto para que estén en concordancia con las ley 8212. El funcionario provincial señaló que "va a haber artículos que van a estar excluidos porque son facultades de los Municipios y no necesitan la homologación de la Provincia". De Fazio también aclaró que "otros artículos van a estar condicionados para que se revean, es decir, que se homologará el COU pero tendrá algunos matices".

COU. Las modificaciones del nuevo Código habilitan al Intendente a tener más facultades a la hora de otorgar o nombrar áreas de la ciudad sin que el Concejo Deliberante deba ratificarlo. El artículo 24, por ejemplo, indica que los ámbitos territoriales donde se "admita la localización de clubes de campo" serán aprobados por el Ejecutivo. El artículo 190, también faculta al intendente a desarrollar "proyectos especiales", que se elaboren desde la esfera estatal, privada o mixta. A ambos articulados se les quitó el texto que indicaba que debían estar "autorizados del Concejo Deliberante".